Normativa
Artículo 24 — Funciones — Transforma el Instituto de Desarrollo Agrario (IDA) en el Instituto de Desarrollo Rural (INDER) y Crea Secretaría Técnica de Desarrollo Rural
- Número
- 9036
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Última reforma: N.º 10758, La Gaceta N.º 234 del 12 dic 2025 · Ver en La Gaceta ↗
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
TÍTULO II
TRANSFORMACIÓN DEL INSTITUTO DE DESARROLLO
CAPÍTULO II
DIRECCIÓN SUPERIOR DEL INDER
SECCIÓN I
JUNTA DIRECTIVA Y SUS FUNCIONES
La Junta Directiva del Inder tendrá las siguientes funciones:
- Ejercer las atribuciones que la presente ley le confiere.
- Ejecutar la política de desarrollo rural y el Plan Nacional de Desarrollo Rural, en concordancia con el Plan Nacional de Desarrollo y las directrices que reciba del Poder Ejecutivo y del ministro del MAG, en su condición de rector del sector agropecuario.
- Determinar los regímenes de tenencia de tierra que debe establecer el Inder en sus proyectos agrarios.
- Aprobar la adquisición, la asignación, el arrendamiento, el gravamen y la enajenación de tierras y otros bienes, para cumplir los fines de esta ley, previa recomendación del Fondo de Tierras y del Fondo de Desarrollo Rural.
- Aprobar la asignación de tierras según las modalidades previstas por esta ley y aprobar los títulos de propiedad, contratos de arrendamiento y asignación recomendados por el Fondo de Tierras, de acuerdo con las disposiciones legales y reglamentarias vigentes sobre la materia.
- Aprobar, modificar o improbar los presupuestos ordinarios y extraordinarios del Inder.
- Aprobar los trámites de expropiación, con las formalidades legales del caso, de las tierras que se requieran por interés público calificado, cuando ello sea preciso para el cumplimiento de los fines del Inder.
- Autorizar la contratación de empréstitos nacionales, previa aprobación de las autoridades competentes, así como proponer la constitución de fideicomisos dentro del Sistema Bancario Nacional o el Banco Popular y de Desarrollo Comunal.
- Gestionar la contratación de empréstitos extranjeros destinados al impulso del desarrollo rural territorial del país.
- Aprobar la memoria anual y los estados financieros del Inder.
- Solicitar los informes que correspondan al presidente ejecutivo, a fin de evaluar la marcha del Inder y garantizar la transparencia institucional, así como ordenar la realización de evaluaciones y auditorías externas.
- Nombrar al auditor y al subauditor internos, de conformidad con las disposiciones legales y reglamentarias vigentes.
- Nombrar y remover al gerente general de la institución. Dichos nombramientos se harán por seis años y podrá ser reelegidos. La votación, tanto para el nombramiento como para la remoción, será por mayoría calificada de la Junta Directiva.
- Aprobar los reglamentos internos y de servicio de la institución, en relación con los demás aspectos de esta ley, el Poder Ejecutivo procederá a dictar los reglamentos de ejecución necesarios, a propuesta del Inder, con fundamento en lo dispuesto en los incisos 3) y 18) del artículo 140 de la Constitución Política.
- Velar por la buena marcha de la institución.
- Aprobar la organización interna de la institución.