Normativa
Transitorio 1 — Regulación de Intermediación Financiera de Organizaciones Cooperativas
- Número
- 7391
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Última reforma: N.º 9915, La Gaceta N.º 284 del 2 dic 2020 · Ver en La Gaceta ↗
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
TÍTULO IV
Disposiciones transitorias
Transitorio 1
Vigente desde 3 de noviembre de 1995 · texto SINALEVI
La Superintendencia General de Entidades Financieras dentro de un plazo máximo de cinco años, incorporará, de manera paulatina, como sujetos fiscalizados a todas las organizaciones cooperativas que efectúen actividades de intermediación financiera. Para ello, considerará prioritariamente el mayor volumen de sus operaciones, el capital, la incidencia en el sector financiero y otros elementos similares.
( Así modificado el nombre del ente contralor bancario por el artículo 176 de la Ley Orgánica del Banco Central de Costa Rica No.7558 de 3 de noviembre de 1995)