Reglamento
Artículo 7 — Sujetos legitimados para ejercer derechos — Reglamento de Protección de Datos del Poder Judicial
- Número
- 102672
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
CAPÍTULO I
Disposiciones Generales
Artículo 7
Sujetos legitimados para ejercer derechos
Vigente desde 2 de septiembre de 2024 · texto SINALEVI
La persona física titular de los datos personales, su albacea designado en proceso sucesorio, o aquella a quien designe mediante documento con firma autenticada, estarán legitimados para ejercer los derechos reconocidos en este Reglamento, la Ley de Protección de la persona frente al tratamiento de sus datos personales y demás garantías contenidas en otras disposiciones legales y constitucionales.