Reglamento
Artículo 52 — Reglamento sobre Higiene Industrial
- Número
- 7097
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
Artículo 52
Vigente desde 28 de mayo de 1980 · texto SINALEVI
Los propietarios, administradores o toda otra persona que esté a cargo del establecimiento, deberán otorgar a los funcionarios del Ministerio el máximo de facilidades para el desempeño de su labor.
En caso de que se les negare la entrada o se interfiere su función, se podrá solicitar orden de allanamiento a la autoridad judicial, la que se cumplirá con el auxilio de la fuerza pública, si fuere necesario.