Reglamento
Artículo 49 — Reglamento sobre Higiene Industrial
- Número
- 7097
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
Artículo 49
Vigente desde 28 de mayo de 1980 · texto SINALEVI
Cuando las necesidades de la industria obliguen a los trabajadores a ingerir sus alimentos dentro del establecimiento, deberán hacerlo en comedores debidamente acondicionados.