Reglamento
Artículo 45 — Reglamento sobre Higiene Industrial
- Número
- 7097
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
Artículo 45
Vigente desde 28 de mayo de 1980 · texto SINALEVI
En los locales en que, por razones de la técnica de producción empleada, fuere necesario mantener cerradas las puertas y ventanas durante la jornada de trabajo, se instalará un sistema de ventilación que asegure la renovación del aire.