Reglamento
Artículo 26 — Reglamento sobre Higiene Industrial
- Número
- 7097
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
Artículo 26
Vigente desde 28 de mayo de 1980 · texto SINALEVI
Ninguna persona ni funcionario podrá dar inicio a los trámites de aprobación de planos, sin que el Ministerio se haya pronunciado previamente, en forma favorable, sobre la localización del uso industrial proyectado.
Para obtener ese permiso de uso, el interesado deberá presentar:
- Copia del plano catastrado, con las referencias que determinen la localización exacta de la propiedad;
- Descripción del proceso industrial;
- Indicación de las materias primas que empleará;
- Mención de los residuos o desechos provenientes del proceso y los procedimientos de eliminación de éstos; y
- Indicación del número aproximado de trabajadores que servirán a la empresa.