Reglamento
Artículo 6 — Principio de normalidad — Reglamento del Sistema Penitenciario Nacional
- Número
- 85709
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
TÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
CAPÍTULO II
PRINCIPIOS
Las condiciones de vida de la persona privada de libertad deberán tener como referencia la vida en libertad. Para ello, la administración penitenciaria procurará reducir al mínimo las diferencias entre la vida en prisión y la vida en libertad que tiendan a debilitar el sentido de responsabilidad de la persona privada de libertad o el respeto a su dignidad como ser humano.