Reglamento
Artículo 20 — Responsabilidad — Reglamento del registro de personas jurídicas
- Número
- 102851
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
TÍTULO III
DE LA FUNCIÓN REGISTRAL
CAPÍTULO I
De los valores aplicados a la registración en Personas Jurídicas
La persona registradora como agente de la administración registral y del Registro de Personas Jurídicas como institución jurídica, debe asumir la corrección y saneamiento de las inexactitudes que, con ocasión del ejercicio de la registración, provoque.
El ámbito dentro del cual será desplegada la revisión y saneamiento de una inexactitud de origen registral por parte del Registro de Personas Jurídicas será el mismo marco de calificación dentro del cual actuó en su momento la persona registradora para calificar e inscribir, es decir restringido al respaldo de literalidad de los documentos calificados e inscritos y su confrontación con la publicidad registral.