Reglamento
Artículo 172 — Audiencia por edicto de la Gestión Administrativa — Reglamento del registro de personas jurídicas
- Número
- 102851
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
TÍTULO VI
INEXACTITUDES DE LA PUBLICIDAD REGISTRAL DEL REGISTRO DE
CAPÍTULO IV
Procedimiento de Gestión Administrativa
Artículo 172
Audiencia por edicto de la Gestión Administrativa
Vigente desde 24 de septiembre de 2024 · texto SINALEVI
En caso de que no se logre notificar a las partes interesadas en las direcciones consignadas en los asientos registrales, que no conste número de identificación. ni domicilios completos en la información registra!, o bien que la parte no tenga representante inscrito, se deberá proceder con la publicación por una sola vez de un edicto en el Diario Oficial La Gaceta.