Reglamento
Artículo 153 — Inexactitudes de origen registral — Reglamento del registro de personas jurídicas
- Número
- 102851
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
TÍTULO VI
INEXACTITUDES DE LA PUBLICIDAD REGISTRAL DEL REGISTRO DE
CAPÍTULO I
Inexactitudes de la Publicidad Registral
Artículo 153
Inexactitudes de origen registral
Vigente desde 24 de septiembre de 2024 · texto SINALEVI
Las inexactitudes registrales son las que tienen su origen en el proceso de calificación e inscripción de los documentos sujetos a registro y pueden producirse por las siguientes causas:
- Error involuntario atribuible a la persona registradora o a cualquier otra persona funcionaria del Registro.
- Manipulación dolosa en el trámite de documentos o de la publicidad registral por parte de la persona registradora o por cualquier otra persona funcionario del Registro, con el fin de adulterar su contenido.
- Inconsistencias generadas al momento de realizar la conversión entre sistemas informáticos utilizados en este Registro.