Reglamento
Transitorio 1 — Reglamento de la Asamblea Legislativa
- Número
- 46479
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
TÍTULO VI
REFORMAS AL REGLAMENTO
Transitorio 1
Vigente desde 3 de abril de 2020 · texto SINALEVI
El Directorio de la Asamblea Legislativa contará con un plazo de tres años para implementar él o los mecanismos necesarios para el registro de votos en que se deba consignar el nombre completo del legislador o legisladora junto con su votación, en relación con todos los asuntos conocidos por el Plenario Legislativo.
(Así adicionado el transitorio anterior mediante sesión ordinaria N° 44 del 27 de julio del 2015. El mismo se incluye debajo de este artículo aunque la reforma no lo indica toda vez que se refiere al mismo tema)