Reglamento
Artículo 58 — Secretario — Reglamento de la Asamblea Legislativa
- Número
- 46479
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
TÍTULO II
LAS COMISIONES CON POTESTAD LEGISLATIVA PLENA
CAPÍTULO II
DIRECTORIO
Son deberes y atribuciones del Secretario de la Comisión Legislativa Plena:
- Recibir las votaciones y realizar su escrutinio.
- Firmar, conjuntamente con el Presidente, las actas, los decretos y las demás disposiciones oficiales de la Comisión.
- Reportar la asistencia de los diputados a sesiones. ch) Informar a los diputados miembros de la Comisión sobre la correspondencia recibida.