Reglamento
Artículo 9 — Comprobantes electrónicos — Reglamento de comprobantes electrónicos para efectos tributarios
- Número
- 103206
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
Únicamente se consideran comprobantes electrónicos autorizados por la Administración Tributaria para el cumplimiento de las obligaciones tributarias, tanto formales como materiales, los siguientes documentos:
- Factura electrónica.
- Factura electrónica de compra.
- Factura electrónica de exportación.
- Tiquete electrónico.
- Recibo Electrónico de Pago.
- Nota de crédito electrónica.
- Nota de débito electrónica.
- Mensajes de confirmación.
La Administración Tributaria queda facultada para excluir o incluir nuevos tipos de comprobantes electrónicos, mediante resolución general, tomando en cuenta los principios de justicia y eficiencia tributaria, y considerando el desarrollo tecnológico y la facilidad en el cumplimiento de las obligaciones tributarias que deben llevar a cabo los obligados tributarios.