Reglamento
Artículo 57 — Reglamento de comisiones y departamentos de salud ocupacional
- Número
- 105336
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
CAPÍTULO III
El Departamento
SECCIÓN VI
De los informes del Departamento
Artículo 57
Vigente desde 29 de septiembre de 2025 · texto SINALEVI
La persona encargada del Departamento, debe presentar ante el Consejo, en el transcurso de los dos primeros meses de cada año, un informe anual de las actividades realizadas en el año anterior. Dicho informe será generado de forma automática con la información que la persona encargada del Departamento complete a través de la plataforma digital vigente provista por la Dirección Ejecutiva del CSO, en los siguientes registros: a) registro individual de actividades, b) el registro y actualización de accidentes, c) el registro y actualización de enfermedades laborales y, d) registro de horas laboradas. Asimismo, la Dirección Ejecutiva del CSO podrá disponer de herramientas tecnológicas que permitan agilizar la carga de esta información.
- Para el registro individual de actividades la persona encargada del Departamento deberá suministrar la siguiente información:
a. Actividades de inspección y seguimiento: nombre de la inspección a realizar, fecha de la inspección, tipo de inspección, lugar inspeccionado, nombre de la persona responsable de la inspección, número identificación de la persona responsable de la inspección, legislación consultada, alcance de la inspección, áreas de prevención, clasificación del riesgo, indicar el riesgo, evaluación de riesgos e implementación de medidas preventivas.
b. Actividades de información y divulgación: nombre de la actividad a realizar, fecha de la actividad, tipo de actividad, personas responsables de las actividades, identificación de las personas responsables de la actividad, cantidad de personas alcanzadas.
- Para el registro y actualización de accidentes, la persona encargada del Departamento deberá suministrar la siguiente información:
a. Centro de trabajo: Indicar el Departamento al que le va a registrar el accidente.
b. Datos de la persona trabajadora: tipo de identificación, número de identificación, nombre completo, edad, sexo, estado civil.
c. Condición laboral: tipo de contratación, jornada de trabajo, número de horas laboradas por semana, ocupación, tiempo laborado en la razón social, tiempo realizando la labor.
d. Datos del accidente: fecha y hora de la ocurrencia, fecha de reporte de la aseguradora, nombre del Departamento del lugar del accidente, lugar del accidente (provincia, cantón, distrito), tipo de evento, tipo de accidente, forma del accidente, agente material, naturaleza de la lesión, ubicación de la lesión, descripción del accidente o enfermedad laboral.
e. Análisis de causas: indicar la metodología de investigación de accidentes utilizada.
f. Indicar las medidas de control propuestas.
- Para el registro y actualización de enfermedades laborales, la persona encargada del Departamento deberá completar la siguiente la siguiente información:
a. Centro de trabajo: Indicar el Departamento al que le va a registrar la enfermedad.
b. Datos de la persona trabajadora: tipo de identificación, número de identificación, nombre completo, edad, sexo, estado civil.
c. Condición laboral: tipo de contratación, jornada de trabajo, número de horas laboradas por semana, ocupación, tiempo laborado en la razón social, tiempo realizando la labor.
d. Datos de la enfermedad: fecha y hora de la ocurrencia, fecha de reporte de la aseguradora, nombre del área donde ocurre la enfermedad, lugar donde ocurre la enfermedad (provincia, cantón, distrito), tipo de evento, clasificación de la enfermedad laboral (sin incapacidad o con incapacidad), indicar el tipo de enfermedad, breve descripción de la enfermedad laboral.
e. Análisis de causas: breve descripción de los resultados obtenidos.
f. Medidas de control: descripción de medidas de control propuestas.
- Para el registro de horas laboradas la persona encargada del Departamento deberá completar la siguiente la siguiente información: horas hombre y horas mujer por mes durante el año.