Reglamento
Artículo 1 — Reglamento de comisiones y departamentos de salud ocupacional
- Número
- 105336
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
CAPÍTULO I
Disposiciones Generales
SECCIÓN I
Del ámbito de aplicación y de las autoridades competentes
Artículo 1
Vigente desde 29 de septiembre de 2025 · texto SINALEVI
El presente reglamento tiene por objeto regular las condiciones mínimas para la constitución, organización y funcionamiento de las comisiones de salud ocupacional en todos los centros de trabajo que tengan las empresas o las instituciones que ocupen diez (10) o más personas trabajadoras. Asimismo, regula la constitución, organización y el funcionamiento de los departamentos de salud ocupacional en todos los centros de trabajo que tengan las empresas o las instituciones que ocupen permanentemente más de cincuenta (50) personas trabajadoras. La aplicación del presente reglamento es de carácter obligatorio en todos los centros de trabajo, sean del sector público o privado. Toda negociación individual o colectiva de trabajo deberá respetar las disposiciones establecidas en este reglamento.