Reglamento
Artículo 85 — Mantenimiento de los servicios — Reglamento a la Ley General de Telecomunicaciones
- Número
- 64029
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
TÍTULO III
Disposiciones generales para los títulos habilitantes
CAPÍTULO III
De la inspección de las redes de telecomunicaciones
El mantenimiento de los servicios de telecomunicaciones, debe realizarse de tal manera que garantice el funcionamiento correcto y acorde con el servicio prestado, sin que cause problemas o interferencias a otros servicios o concesionarios, ni represente un riesgo extremo para la integridad física del personal de mantenimiento e inspección o para terceras personas.