Reglamento
Artículo 31 — Contenido del contrato de concesión — Reglamento a la Ley General de Telecomunicaciones
- Número
- 64029
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
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Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
TÍTULO II
CAPÍTULO II
Las concesiones
Artículo 31
Contenido del contrato de concesión
Vigente desde 26 de septiembre de 2008 · texto SINALEVI
El contrato de concesión incluirá, como mínimo, lo siguiente:
a. Nombre, dirección, números de teléfono y de facsímil, y dirección de correo electrónico del solicitante de la Concesión;
b. Bien concesionado;
c. Zona(s) de servicio o área (s) geográfica(s) autorizada(s);
d. Plazo de la concesión;
e. Pago de tasas, cánones y otros derechos, si corresponde;
f. La obligación del pago de los cánones correspondientes y la contribución al FONATEL.
g. Plan mínimo de expansión acordado por las partes, siempre que el SUTEL lo considere necesario;
h. Derechos y obligaciones del titular de la Concesión, incluyendo aquellos estipulados en La Ley General de Telecomunicaciones y los reglamentos aplicables;
i. Obligación de cumplir con las especificaciones y características técnicas de las instalaciones especificadas en los planes técnicos fundamentales, reglamentos y normas técnicas aprobadas por el SUTEL;
j. Plazo para la instalación de los equipos y la iniciación del servicio;
k. Cumplimiento con los requisitos de homologación;
l. Obligación de mantener contabilidades separadas para cada servicio, en el caso en que se provean varios servicios bajo una misma concesión;
m. Condiciones y cumplimiento continuo de las obligaciones de calidad del servicio, en caso que el SUTEL lo considere necesario;
n. Cumplimiento con las reglas y obligaciones de interconexión;
o. Mecanismos para dirimir los conflictos entre la SUTEL y el concesionario;
p. Causas de extinción, caducidad y revocación de la concesión,;
q. Señalamiento de régimen de faltas y sanciones de conformidad con lo establecido en la Ley y los reglamentos pertinentes.