Reglamento
Artículo 265 — Supuestos de inadmisibilidad — Reglamento a la Ley General de Contratación Pública
- Número
- 98344
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
TÍTULO IV
RÉGIMEN RECURSIVO
CAPÍTULO III
RECURSO DE APELACIÓN
El recurso de apelación será rechazado de plano por inadmisible, en los siguientes casos:
- Cuando la Contraloría General de la República carezca de competencia en razón de la materia.
- Cuando se haya presentado en forma extemporánea.
- Cuando no corresponda conocerlo a la Contraloría General de la República en razón del tipo de procedimiento y en el caso de las contrataciones de la Caja Costarricense de Seguro Social, cuando la adjudicación de la contratación no alcance el umbral previsto para la licitación mayor conforme a lo previsto en el artículo 97, inciso c) de la Ley General de Contratación Pública.
- Cuando no se cumpla con los requisitos formales previstos en el ordenamiento para interponerlo.
Al momento de contestar la audiencia inicial, las partes podrán alegar como excepción la presentación extemporánea o la incompetencia en razón de lo dispuesto en el inciso c) del presente artículo, que en caso de prosperar obligará a dictar la resolución final dentro de los diez días hábiles siguientes al recibo de la gestión.