Reglamento
Artículo 160 — Subasta Inversa electrónica — Reglamento a la Ley General de Contratación Pública
- Número
- 98344
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
TÍTULO II
PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACIÓN PÚBLICA
CAPÍTULO III
PROCEDIMIENTOS EXTRAORDINARIOS
SECCIÓN II
SUBASTA INVERSA ELECTRÓNICA
Es un procedimiento extraordinario de selección a través del cual las entidades públicas contratan bienes y servicios comunes y estandarizados o compra de tecnología, entendiéndose como tales, aquellos productos genéricos como suministros, equipos o bienes de uso común, cuya fabricación obedezca a reglas estandarizadas, siendo el postor ganador aquel que oferte el menor precio por los productos objeto de la subasta. El acceso a la subasta inversa electrónica y su procedimiento se realiza directamente a través del sistema digital unificado.
Conforme al artículo 65 de la Ley General de Contratación Pública, este procedimiento podrá utilizarse formulando los requerimientos según la demanda que la Administración requiera.