Reglamento
Artículo 155 — Invitación — Reglamento a la Ley General de Contratación Pública
- Número
- 98344
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
TÍTULO II
PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACIÓN PÚBLICA
CAPÍTULO II
PROCEDIMIENTOS ORDINARIOS
SECCIÓN III
LICITACIÓN REDUCIDA
La invitación a participar, las modificaciones al pliego de condiciones y el acto de adjudicación, así como los demás actos propios del procedimiento, se comunicarán en el sistema digital unificado.
La Administración invitará mediante el sistema digital unificado a un mínimo de tres oferentes idóneos del bien o servicio inscritos en el Registro de Proveedores de ese sistema.
En los casos en los que se utilice un registro precalificado, podrán participar solamente las empresas que cumplan esa precalificación, antes de la apertura de las ofertas, independientemente de si han sido invitadas o no.