Reglamento
Artículo 104 — Precios unitarios y totales — Reglamento a la Ley General de Contratación Pública
- Número
- 98344
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
TÍTULO II
PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACIÓN PÚBLICA
CAPÍTULO I
GENERALIDADES
SECCIÓN II
PLIEGO DE CONDICIONES
La Administración podrá solicitar en el pliego de condiciones a los oferentes que coticen precios unitarios y totales. Si la sumatoria de los precios unitarios excede el precio total, la oferta se comparará con el mayor precio.
Cuando se soliciten precios unitarios, la Administración deberá advertir en el pliego de condiciones que se reserva la posibilidad de adjudicación parcial de una misma línea. En caso que no hubiere sido advertido, la Administración consultará al oferente si acepta la adjudicación de una menor cantidad manteniendo el precio unitario. En caso de no aceptación por el oferente, la Administración deberá declarar infructuosa la línea o líneas correspondientes.