Reglamento
Artículo 96 — Reglamento a la Ley Forestal
- Número
- 28693
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
CAPÍTULO DECIMO
OCTAVO
Artículo 96
Vigente desde 23 de enero de 1997 · texto SINALEVI
Las personas que habiendo cumplido los requisitos completos no se les concedieron los certificados de abono forestal en todo o en parte, en el período 1995-1996, tendrán prioridad sobre cualquier otra persona de los recursos disponibles con la publicación de la ley.