Reglamento
Artículo 18 — Obligaciones — Reglamento a la Ley de Catastro Nacional
- Número
- 62555
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
TÍTULO II
De los procedimientos catastrales
CAPÍTULO II
De los responsables de los trabajos
Son obligaciones de los responsables de los trabajos de agrimensura, respecto a los planos en trámite de inscripción:
a. Ejecutar y presentar sus trabajos en la forma establecida en este Reglamento, en lo que les fuere aplicable.
b. Cumplir con los procedimientos y especificaciones de medida, comprobación, precisión y presentación, establecidas en el presente Reglamento.
c. Recabar en el Registro Inmobiliario la información necesaria para su trabajo.