Reglamento
Artículo 46 — Constatación de posibles infracciones — Reglamento a la Ley de Protección de la Persona frente al Tratamiento de sus Datos Personales
- Número
- 74352
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
CAPÍTULO VI
De la Inscripción del Registro de Bases de Datos y Ficheros ante la Agencia
La Agencia podrá realizar inspecciones administrativas de oficio, con el fin de constatar si existen posibles infracciones a la Ley o a este Reglamento. En dicho caso el funcionario asignado deberá dejar constancia de la inspección mediante el levantamiento de un acta.