Reglamento
Artículo 41 — Cumplimiento de los protocolos mínimos de actuación — Reglamento a la Ley de Protección de la Persona frente al Tratamiento de sus Datos Personales
- Número
- 74352
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
CAPÍTULO V
De la Transferencia de Datos Personales
Artículo 41
Cumplimiento de los protocolos mínimos de actuación
Vigente desde 5 de marzo de 2013 · texto SINALEVI
Las transferencias de datos personales por parte de los responsables, estarán supeditadas al fiel cumplimiento de los protocolos mínimos de actuación, debidamente inscritos ante la Agencia.