Reglamento
Artículo 58 — Reglamento a la Ley de Protección al Ciudadano del Exceso de Requisitos y Trámites Administrativos
- Número
- 72240
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
CAPÍTULO VII
DEL PROCEDIMIENTO DEL ANÁLISIS COSTO BENEFICIO
Artículo 58
Vigente desde 20 de noviembre de 2014 · texto SINALEVI
De los casos en que no debe llenarse la Sección II denominada Manifestación de Impacto Regulatorio del Formulario: Esta sección del Formulario de Evaluación Costo Beneficio, no deberá llenarse, cuando las preguntas que se formulan en la Sección I denominada "Control Previo de Mejora Regulatoria" han sido contestadas de manera negativa por el ente proponente de la regulación. En este caso, dicha Sección deberá adjuntarse debidamente firmada por el oficial de Simplificación de Trámites, a la propuesta de regulación.
(Así reformado por el artículo 1° del decreto ejecutivo N° 38898 del 20 de noviembre de 2014)