Reglamento
Artículo 13 — Condiciones para la regulación de precios — Reglamento a la Ley de Promoción de la Competencia y Defensa Efectiva del Consumidor
- Número
- 75696
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
CAPÍTULO II
Desregulación
SECCIÓN SEGUNDA
Regulación de precios en situaciones de excepción
Artículo 13
Condiciones para la regulación de precios
Vigente desde 23 de septiembre de 2013 · texto SINALEVI
La regulación de precios de bienes y servicios por parte de la Administración Pública se ejercerá preferentemente como mecanismo de última instancia, en forma temporal y únicamente en casos de excepción, entendidos éstos como:
- La existencia de circunstancias de fuerza mayor o desabastecimiento, así como cualquier otro comportamiento anormal de mercado que se llegue a comprobar por parte del Poder Ejecutivo.
- La existencia de condiciones monopólicas u oligopólicas en la producción o venta de bienes y servicios.