Reglamento
Artículo 129 — Registro de usuarios — Reglamento a la Ley de Armas y Explosivos
- Número
- 75845
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
TÍTULO IV
Utilización y funcionamiento del Sistema
CAPÍTULO I
Disposiciones generales
Toda persona física o jurídica que realice trámites mediante El Sistema, así como todo funcionario público que efectúe operaciones en El Sistema, debe inscribirse en el Registro de Usuarios del Sistema. Este registro contiene entre otros, datos de identificación y de contacto de los usuarios registrados.
El Sistema validará la identidad de las personas físicas mediante el certificado de autenticación. En el caso de las personas jurídicas, El Sistema verificará en las bases de datos del Registro Nacional la existencia de la persona jurídica y la representación que ostenta la persona física que realiza el trámite.
Cuando el usuario registrado actúe en calidad de psicólogo, El Sistema verificará en forma electrónica en la base de datos administrada por el Colegio Profesional de Psicólogos de Costa Rica que este se encuentre habilitado para emitir certificados de idoneidad mental.
Cuando el usuario registrado actúe en representación de un establecimiento mercantil y comercial dedicado a la venta habitual de armas de fuego permitidas, el Sistema verificará en forma electrónica en la base de datos administrada por la Dirección y sus dependencias que el establecimiento se encuentra habilitado para la venta habitual de armas de fuego permitidas.
Cuando el usuario registrado actúe como importador de armas de fuego permitidas, municiones, explosivos y sus aditamentos, el Sistema verificará en forma electrónica en la base de datos administrada por la Dirección y sus dependencias que el establecimiento se encuentra habilitado para la venta de cualquiera de los anteriores artículos.
En caso de que el usuario registrado, actúe en virtud de una autorización otorgada por el representante legal de una persona jurídica, se verificará en forma electrónica que éste cuenta con una certificación de personería jurídica vigente en el Sistema.