Reglamento
Artículo 118 — Requisitos para las operaciones de manufactura — Reglamento a la Ley de Armas y Explosivos
- Número
- 75845
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
TÍTULO III
De las inscripciones y tipos de permisos
CAPÍTULO III
Comercio, importación, exportación, fabricación y actividades
SECCIÓN III
Fabricación de explosivos
Artículo 118
Requisitos para las operaciones de manufactura
Vigente desde 17 de octubre de 2013 · texto SINALEVI
Las operaciones de manufactura de los explosivos industriales, artículos de pólvora pirotécnica espectacular o pólvora menuda de lucería, deben efectuarse en establecimientos diseñados únicamente para este tipo de actividades y contar con el respectivo permiso del Ministerio de Salud.