Normativa
Artículo 32 — Publicidad de expedientes — Protección a Sistemas de Trazados de Circuitos Integrados
- Número
- 7961
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
CAPÍTULO VII
Disposiciones generales
Cualquier persona podrá consultar en el Registro el expediente relativo a una solicitud publicada aun después de haber concluido su trámite.
El expediente de una solicitud en trámite no podrá ser consultado por terceros antes de publicarse la solicitud, salvo consentimiento por escrito del solicitante. Esta restricción es aplicable igualmente a las solicitudes que hayan sido objeto de desistimiento o abandono, antes de ser publicadas.
El expediente de una solicitud en trámite podrá ser consultado antes de su publicación por quien acredite que el solicitante lo ha notificado para que cese alguna actividad industrial o comercial, invocando la solicitud.
Cuando el esquema de trazado incluya algún secreto empresarial, será aplicable, en lo pertinente, lo dispuesto en el tercer párrafo del artículo anterior.