Normativa
Artículo 1 — Términos utilizados — Protección a Sistemas de Trazados de Circuitos Integrados
- Número
- 7961
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
CAPÍTULO I
Definiciones
Para los efectos de esta ley, se definen los siguientes conceptos:
- Circuito integrado: Producto, en su forma final o intermedia, de cuyos elementos, al menos uno es activo y alguna o todas las interconexiones forman parte del cuerpo o la superficie de una pieza de material, y que se destina a realizar una función electrónica.
- Esquema de trazado: Disposición tridimensional, expresada en cualquier forma, de los elementos, al menos uno de los cuales es activo, e interconexiones de un circuito integrado, así como esta disposición tridimensional preparada para un circuito integrado por fabricar.
- Titular: Persona natural o jurídica beneficiaria de la protección conferida por la presente ley.
- Esquema de trazado protegido: Esquema de trazado respecto del cual se han cumplido las condiciones para protegerlo conforme a la presente ley.
- Registro: El Registro de la Propiedad Industrial adscrito al Registro Nacional.