Ley
Artículo 25 — Escrutinio de la votación — Ley sobre Regulación del Referéndum
- Número
- 8492
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Última reforma: N.º 10013, La Gaceta N.º 188 del 30 sept 2021 · Ver en La Gaceta ↗
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CAPÍTULO IV
Realización del referéndum
En el escrutinio del referéndum deberán establecerse el número de votantes, los votos a favor y en contra del texto sometido a consulta, el número de votos en blanco y el de votos nulos.
El TSE contará con quince días naturales para realizar dicho escrutinio.