Ley
Artículo 7 — Condiciones para examen técnico de documentos — Ley sobre Registro, Secuestro y Examen de Documentos Privados e Intervención de las Comunicaciones
- Número
- 7425
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Última reforma: N.º 10905, La Gaceta N.º 106 del 10 jun 2026 · Ver en La Gaceta ↗
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
CAPÍTULO I
REGISTRO, SECUESTRO Y EXAMEN DE DOCUMENTOS PRIVADOS
Artículo 7
Condiciones para examen técnico de documentos
Vigente desde 9 de agosto de 1994 · texto SINALEVI
Cuando los documentos secuestrados deban ser sometidos a exámenes técnicos de cualquier tipo, la remisión deberá efectuarla la autoridad judicial y asegurarse de que, en el despacho, siempre permanezca agregada al expediente de la causa, una copia certificada de esos documentos.