Ley
Artículo 19 — Levantamiento del acta al retirar medios de intercepción — Ley sobre Registro, Secuestro y Examen de Documentos Privados e Intervención de las Comunicaciones
- Número
- 7425
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Última reforma: N.º 10905, La Gaceta N.º 106 del 10 jun 2026 · Ver en La Gaceta ↗
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CAPÍTULO II
INTERVENCION DE COMUNICACIONES
Artículo 19
Levantamiento del acta al retirar medios de intercepción
Vigente desde 9 de agosto de 1994 · texto SINALEVI
Mediante acta con las formalidades señaladas en la ley, el Juez a cargo de la intervención deberá hacer constar la hora y la fecha en que se remueva cada implemento de grabación y registrar cualquier otra información pertinente.