Ley
Artículo 93 — Ley sobre Derechos de Autor y Derechos Conexos
- Número
- 6683
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Última reforma: N.º 10871, La Gaceta N.º 71 del 20 abr 2026 · Ver en La Gaceta ↗
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
TÍTULO III
Enajenación y sucesión
CAPÍTULO I
Enajenación
Artículo 93
Vigente desde 21 de noviembre de 2008 · texto SINALEVI
Salvo que se acuerde de otra manera, el contrato para la venta de la producción futura de un autor o artista no podrá exceder de cinco (5) años, y se extinguirá al finalizar este plazo.
(Así reformado por el artículo 1° de la ley N° 8686 del 21 de noviembre de 2008)