Ley
Artículo 44 — Garantía prendaria — Ley Reguladora del Servicio Público de Transporte Remunerado de Personas en Vehículos en la modalidad de Taxi
- Número
- 7969
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Última reforma: N.º 10676, La Gaceta N.º 80 del 6 may 2025 · Ver en La Gaceta ↗
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
CAPÍTULO VI
CONDICIONES GENERALES PARA LA EXPLOTACIÓN DEL SERVICIO
SECCIÓN V
FINANCIAMIENTO
Los vehículos nuevos exonerados podrán otorgarse en garantía prendaria únicamente para los efectos de la adquisición original. De incumplirse los pagos y si el vehículo se remata antes de transcurrir los cuatro años indicados en el artículo 60, el adquirente deberá pagar la parte proporcional de los impuestos cuya exoneración falte por amortizar, conforme a las reglas contenidas en dicha norma. El remate también implicará, de pleno derecho, la pérdida de la concesión, la cual volverá al Estado.