Ley
Artículo 18 — Ley Reguladora de la Propiedad en Condominio
- Número
- 7933
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Última reforma: N.º 10882, La Gaceta N.º 71 del 20 abr 2026 · Ver en La Gaceta ↗
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CAPÍTULO III
Derechos y obligaciones de los propietarios
Artículo 18
Vigente desde 28 de octubre de 1999 · texto SINALEVI
Correrán por cuenta de los propietarios de las filiales afectadas, las obras de conservación que requieran los entrepisos, los pisos, las paredes u otras divisiones medianeras.
Cada propietario costeará las obras de conservación que necesiten los suelos o pavimentos de su finca filial.