Ley
Artículo 54 bis — Notificaciones — Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones TSE y del Registro Civil
- Número
- 3504
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Última reforma: N.º 9747, La Gaceta N.º 28 del 12 feb 2020 · Ver en La Gaceta ↗
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
TÍTULO III
CAPÍTULO III
NACIMIENTOS
Para los casos de los procesos de reconocimiento de paternidad, el Registro Civil se ajustará a las disposiciones de la Ley de notificaciones, citaciones y otras comunicaciones, Nº 7637, del 21 de octubre de 1996. Para estos efectos, toda notificación deberá realizarse en forma personal y las que se efectúen en forma contraria carecerán de toda validez y eficiencia jurídicas."
(Así adicionado por el artículo 2 de la Ley N° 8101 de 16 de abril del 2001)