Ley
Artículo 115 — Leyes que se derogan — Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones TSE y del Registro Civil
- Número
- 3504
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Última reforma: N.º 9747, La Gaceta N.º 28 del 12 feb 2020 · Ver en La Gaceta ↗
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TÍTULO VII
CAPÍTULO ÚNICO
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 115Verificando formato
Leyes que se derogan
Vigente desde 10 de mayo de 1965 · texto SINALEVI
Esta ley deroga las números 1535 del 10 de diciembre de 1952 y sus reformas y la 2403 de 15 de julio de 1959, y deja sin efecto cualquier disposición legal que se le oponga. ( Anterior 113: corrida su numeración a la actual por el artículo 7º de la Ley Nº 7653 de 10 de diciembre de 1996) Transitorio I.- El requisito exigido en el inciso 3) del artículo 24 no se exigirá para los actuales Oficial Mayor del Departamento del Estado Civil y Secretario General del Registro, mientras duren en esas funciones.
Transitorio II.- Las restricciones indicadas en el párrafo primero del artículo 27 no rigen para aquellos funcionarios o empleados nombrados con anterioridad a la vigencia de la presente ley.
Transitorio III.- Para la observancia de lo que establece el artículo 22, dentro de los ocho días siguientes a la vigencia de esta ley, el Tribunal procederá a nombrar al Secretario y Oficiales Mayores del Registro, por el término de cuatro años.