Ley
Artículo 47 — Ley Orgánica del Sistema Bancario Nacional
- Número
- 1644
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Última reforma: N.º 10522, La Gaceta N.º 215 del 15 nov 2024 · Ver en La Gaceta ↗
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
TÍTULO II
Dirección y administración de los bancos del Estado
CAPÍTULO III
Organización interna
Artículo 47
Vigente desde 26 de septiembre de 1953 · texto SINALEVI
El Auditor dependerá directamente de la Junta en el ejercicio de sus funciones, y contra sus resoluciones cabrá el recurso de apelación. La resolución de la Junta será definitiva.