Ley
Artículo 61 — Ley Orgánica del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social
- Número
- 1860
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Última reforma: N.º 10563, La Gaceta N.º 233 del 11 dic 2024 · Ver en La Gaceta ↗
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TÍTULO TERCERO
CAPÍTULO IV
Artículo 61
Vigente desde 21 de abril de 1955 · texto SINALEVI
Quedan obligadas todas las empresas del país a suministrar los datos que les sean solicitados por esta Oficina, en relación con sus funciones. Igualmente, los demás organismos del Estado, deberán prestarle la colaboración que les fuere solicitada.