Ley
Artículo 35 — Ley Orgánica del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social
- Número
- 1860
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Última reforma: N.º 10563, La Gaceta N.º 233 del 11 dic 2024 · Ver en La Gaceta ↗
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TÍTULO SEGUNDO
CAPÍTULO V
Artículo 35
Vigente desde 21 de abril de 1955 · texto SINALEVI
Sin perjuicio de la función de esta Oficina dentro de otros campos, serán objeto de estadística permanente las siguientes materias: a) Número de trabajadores y de empresas sujetos a contratos colectivos de trabajo y demás aspectos referentes a éstos;
- Monto de los salarios atendiendo a las diferentes actividades productoras de riqueza, y en relación con las diversas profesiones, oficios y especialidades;
- Estadística continua del movimiento de la oferta y demanda de mano de obra;
- Estudio de los conflictos colectivos de trabajo que comprenderá: causas de los mismos; naturaleza de los establecimientos comprometidos; número de asalariados afectados; duración de dichos conflictos; si han sobrevenido huelgas, paro o sabotajes; formas en que se han solucionado; y resultados y consecuencias generales;
- Estadística sobre organizaciones profesionales, en cuanto a su número, naturaleza, funcionamiento y sus resultados;
- Control de Accidentes de Trabajo y sobre Seguridad Industrial, incluyendo entre otras, las siguientes especificaciones: clase de industria; profesión u oficio de los accidentados; causa de los accidentes; índice y frecuencia de éstos; naturaleza de las lesiones; incapacidad para el trabajo; valores pagados; y proceso de rehabilitación;
- En relación con los Tribunales de Trabajo: estudio anual de las causas tramitadas; naturaleza de éstas, su duración,y sumas ordenadas a pagar; y h) Estadística mensual de los servicios del Ministerio, procurando traducir numéricamente las actividades} más importantes de éste, tanto en su labor de conjunto como la que realizan los Departamentos, Oficinas y funcionarios individualmente.