Ley
Transitorio 2 — Ley Orgánica del Instituto Costarricense de Turismo (ICT)
- Número
- 1917
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Última reforma: N.º 10822, La Gaceta N.º 239 del 19 dic 2025 · Ver en La Gaceta ↗
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
CAPÍTULO VII
Disposiciones Generales
Transitorio 2
Vigente desde 4 de julio de 2001 · texto SINALEVI
Durante el año fiscal de 1955, el Instituto Costarricense de Turismo recibirá la suma proporcional que le corresponda, por los meses de vigencia de la presente ley, durante dicho período, de la subvención anual de un millón de colones que establece el artículo 7º, en su inciso b) de esta ley.