Ley
Artículo 52 — Aplicación de criterios — Ley Orgánica del Ambiente
- Número
- 7554
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Última reforma: N.º 10970, La Gaceta N.º 168 del 7 sept 2026 · Ver en La Gaceta ↗
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
CAPÍTULO XII
Agua
Los criterios mencionados en el artículo anterior, deben aplicarse:
- En la elaboración y la ejecución de cualquier ordenamiento del recurso hídrico.
- En el otorgamiento de concesiones y permisos para aprovechar cualquier componente del régimen hídrico.
- En el otorgamiento de autorizaciones para la desviación, el trasvase o la modificación de cauces.
- En la operación y la administración de los sistemas de agua potable, la recolección, la evacuación y la disposición final de aguas residuales o de desecho, que sirvan a centros de población e industriales.