Ley
Artículo 109 — Información solicitada por el Tribunal — Ley Orgánica del Ambiente
- Número
- 7554
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Última reforma: N.º 10970, La Gaceta N.º 168 del 7 sept 2026 · Ver en La Gaceta ↗
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
CAPÍTULO XXI
Tribunal ambiental administrativo
Artículo 109
Información solicitada por el Tribunal
Vigente desde 26 de agosto de 2026 · texto SINALEVI
El Tribunal Ambiental Administrativo podrá solicitar informes y asesorarse por cualquier órgano o ente público nacional, organismos internacionales, organizaciones no gubernamentales, personas físicas o jurídicas, o entes públicos no estatales, cuando el caso planteado en la denuncia así lo amerite. También podrá solicitar informes, colaboración y asesoramiento de órganos y dependencias del Ministerio de Ambiente y Energía (MINAE).
(Así reformado por el artículo único de la ley N° 9684 del 13 de mayo del 2019)