Ley
Artículo 11 — Obligaciones del transmitente — Ley Marco del Contrato de Factoreo
- Número
- 9691
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Última reforma: N.º 10073, La Gaceta N.º 21 del 2 feb 2022 · Ver en La Gaceta ↗
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CAPÍTULO II
CONTRATO DE FACTOREO
Son obligaciones del transmitente las siguientes:
- Brindar toda la información fidedigna referente al estado de los derechos de crédito y cobro presentes y/o futuros al factor, para que este pueda gestionar y cobrar los créditos transmitidos mediante un contrato de factoreo.
- Abstenerse de realizar cualquier tipo de acto u omisión que perjudique los derechos de crédito y cobro presentes y/o futuros transmitidos al factor mediante un contrato de factoreo.
- Contar con la autorización previa, por escrito, por parte del factor, en caso de requerir modificar los derechos transmitidos.
- En los contratos de factoreo con recurso que suscriba, garantizar que los derechos de crédito y cobro presentes y/o futuros transmitidos sean ciertos y exigibles al vencimiento, y pagar al factor los montos acordados según el contrato.
- Transmitir los créditos, dar garantía de la existencia y legitimidad de los créditos, y pagar las comisiones pactadas.