Ley
Artículo 47 — Relaciones de empleo reguladas en el título IV del Estatuto de Servicio Civil — Ley Marco de Empleo Público
- Número
- 10159
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Última reforma: N.º 10545, La Gaceta N.º 213 del 13 nov 2024 · Ver en La Gaceta ↗
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
CAPÍTULO X
DISPOSICIONES VARIAS
Artículo 47
Relaciones de empleo reguladas en el título IV del Estatuto de Servicio Civil
Vigente desde 8 de marzo de 2022 · texto SINALEVI
Las relaciones de empleo público ya previstas por el Estatuto de Servicio Civil, en razón de las especialidades de determinadas personas servidoras públicas, en virtud de sus competencias o formación académica profesional, así como por la especificidad de los servicios o las actividades artísticas que desempeñan, seguirán siendo reconocidas por la Dirección General de Servicio Civil.