Ley
Artículo 73 — Reglamento — Ley Integral para la Persona Adulta Mayor
- Número
- 7935
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Última reforma: N.º 10766, La Gaceta N.º 206 del 3 nov 2025 · Ver en La Gaceta ↗
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TÍTULO VII
DISPOSICIONES FINALES Y TRANSITORIAS
A partir de la fecha de promulgación de la presente ley, el Poder Ejecutivo dispondrá de tres meses para reglamentarla.