Ley
Artículo 393 — Ley General de Salud
- Número
- 5395
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Última reforma: N.º 10725, La Gaceta N.º 140 del 30 jul 2025 · Ver en La Gaceta ↗
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
LIBRO III
TÍTULO III
Derogatorias y Reformas
Artículo 393
Vigente desde 30 de octubre de 1973 · texto SINALEVI
Se mantienen en vigencia los reglamentos y decretos dictados al amparo del Código Sanitario y la legislación anterior, en tanto no se opongan a la presente ley.
Las atribuciones y funciones que por esta ley se confieren al Ministerio no son excluyentes, sino concurrentes con las que otras leyes otorgan a otros organismos públicos en sus respectivas competencias.